martes, 24 de agosto de 2010

Los fundamentos éticos de la validez jurídica y necesidad política de la legalización de los matrimonios homosexuales

La reforma emprendida por la Asamblea Legislativa del D.F. no sólo es positiva sino necesaria porque constituye un acto de justicia para con un grupo minoritario de la sociedad que ha sido tradicionalmente discriminado en distintos ámbitos, así como excluido de derecho básicos que los demás ciudadanos disfrutan sin ninguna restricción. La reforma tiene fundamento en las garantías individuales de nuestra Constitución, así como en los principios y declaraciones de derechos humanos de orden internacional, que México ha promovido y suscrito. Por medio de la legalización de las uniones matrimoniales entre personas del mismo sexo, el Distrito Federal reconoce que la ley ha sido discriminatoria por excluir, sin razones suficientes, de derechos civiles fundamentales a un sector minoritario de ciudadanos. Por tanto, la igualdad de derechos fundamentales, así como el derecho a la no discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género son los principales argumentos éticos a favor de esta histórica y trascendente reforma.


En segundo lugar, y derivado de lo anterior, el reconocimiento de este derecho al matrimonio civil para las personas homosexuales no afecta a ningún tercero, no reduce el ámbito de las libertades y las capacidades de los ciudadanos para buscar su propia felicidad y contribuir al bienestar colectivo; por el contario, las amplía. La diversidad de orientaciones e identidades sexuales, así como los formatos diferentes de familias es un hecho natural y cultural que debe ser reconocido y normalizado por la ley, para dejar atrás la época de intolerancia, de rechazo y segregación que las personas homosexuales han sufrido durante años por el sólo hecho de su orientación sexual distinta. Ésta no puede ser considerada por una ética filosófica, conciliada con la evidencia científica y con la evolución histórica de la sociedad actual, ni como una supuesta “perversión”, ni como una pretendida “enfermedad”.

Tercero. El matrimonio, así como la familia, son instituciones sociales que han evolucionado a lo largo de la historia. La ley debe reconocer y regular la diversidad existente de formas de familias, así como las distintas funciones del matrimonio. Es inaceptable en términos éticos una definición rígida y sustancialista de la familia o del matrimonio. El hecho de que tradicionalmente las familias y los matrimonios hayan sido heterosexuales no implica que el Estado actual no deba reconocer y proteger legalmente la existencia de otras formas de relación social, superando así criterios moralistas de evidente obsolescencia. Y superando, con ello, la injerencia de poderes eclesiásticos en la legislación de un Estado constitucionalmente laico, como es el nuestro.

Cuarto. No existen razones objetivas ni científicamente fundadas para conjeturar riesgos para los menores criados y/o adoptados por parejas homosexuales. En comparación general con las parejas heterosexuales no hay diferencias significativas en los efectos psico-sociales para los niños(as). El interés superior de los menores consiste en su bienestar físico-mental, así como en el derecho a tener una familia o ser reintegrados en una familia cuando carecen de ella. Tanto las familias heteroparentales como las homoparentales pueden ofrecer las condiciones adecuadas para criar, cuidar y educar a niños(as) huérfanos o abandonados. Es inaceptable que el Estado discrimine a favor de un solo tipo de familia para dar en adopción a menores. Lo que ética y jurídicamente se requiere en México es una racionalización en los criterios y en los procedimientos legales para la adopción, sea para matrimonios hetero u homosexuales y también para padres o madres solteros.

Quinto. Un signo esencial de la solidez y madurez de una democracia es su capacidad para proteger y defender los derechos de las minorías, grupos vulnerables o grupos de personas que tradicionalmente han sufrido discriminaciones políticas y/o sociales. Tal es el caso de las personas homosexuales y de sus hijos. Debido a la inercia de tradiciones religiosas y de autoritarismo político que han prevalecido en nuestro país, las personas homosexuales han sido discriminadas, ridiculizadas, acosadas o violentadas. Es un acto de justicia reparadora, necesaria e inaplazable, terminar con dicha discriminación indebida hacia las personas homosexuales y las familias homoparentales en todos los ámbitos sociales y políticos. Es tiempo de que el Estado mexicano reconozca esta injusticia histórica para que la repare y compense, al menos formalmente en el contenido de sus leyes. La legalización del matrimonio (y el derecho derivado de adopción) en el D.F. es apenas un primer paso en ese largo proceso de hacer justicia a un grupo minoritario en este país, y para que nuestra democracia se ponga a la altura de los valores humanos de nuestro tiempo: el respeto a las diferencias, la igualdad de derechos, el reconocimiento de la diversidad cultural y moral, así como la irrestricta protección a la autonomía de las personas.

Sexto. En nuestra época es injustificable y condenable en términos éticos la homofobia en todas sus expresiones: discriminación, estigmatización y la intolerancia contra las personas homosexuales, bisexuales, transgénero o transexuales, así como a sus hijos, como lo fue en el pasado la discriminación y la violencia racista o la intolerancia religiosa. La bondad o maldad de los vínculos sexuales y amorosos no depende del hecho de que las parejas sean heterosexuales u homosexuales. Moralmente valiosas o despreciables pueden ser las personas y la cualidad de sus relaciones, sea cual sea su orientación sexual.

Séptimo. La legalización del matrimonio homosexual puede tener un efecto positivo. Primero porque la experiencia internacional demuestra que la legalización de las uniones civiles de las personas homosexuales genera una mayor aceptación y respeto por parte de la población. Y segundo porque es posible que el reconocimiento y regulación legal de las uniones homosexuales ayude a fortalecer la pluralidad social, y contribuya así a la integración definitiva de las personas homosexuales en todos los ámbitos. La ley puede ayudar a reducir la intolerancia, en la medida en que el Estado mexicano se resuelva a castigar legalmente con rigor todo acto de discriminación, violencia o segregación homofóbica.

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